Como era de esperar, esta semana se ha aprobado en el Consejo de Ministros la ampliación de los plazos de presentacion y pagos de declaraciones trimestrales de impuestos para los autónomos y PYMES que facturen menos de 600000€ anuales. Por ello, se podrán presentar los impuestos del primer trimestre hasta el 15 de mayo si se domicilia el pago, o hasta el 20 de mayo si no se hace con certificado digital. De esta manera, se retrasa un mes los pagos que normalmente presentaban como fecha tope el 15 y el 20 de abril, respectivamente.
- El plazo máximo de presentación de las declaraciones de este trimestre se pasa al 20 de mayo de 2020, y el plazo para las domiciliaciones será hasta el 15 de mayo.
- En las declaraciones ya presentadas con domiciliación en cuenta, no se efectuará el cargo hasta el 20 de mayo. Es decir, los impuestos ya presentados NO se cargaran el 20 de Abril, si no el 20 de mayo.
Para las personas físicas que están en Estimación Objetiva (Módulos)
- Podrán realizar ahora la renuncia al sistema de Estimación Objetiva (solamente para este año y no para 3, como está establecido actualmente) y realizar los pagos del trimestre por el Régimen de Estimación Directa Simplificada.
- Para quienes no renuncien y permanezcan en Estimación Objetiva, se habilitará un sistema que permita reducir del rendimiento neto los días que haya estado cerrado el establecimiento.