Desde Autonomía Sur S.Coop.And y Abogad@s en Red S. Coop. And. te informamos que el Tribunal Supremo, en sentencia del 3 de Octubre de 2018 nº1462/2018, ha considerado que las prestaciones por maternidad y paternidad, percibidas de la Seguridad Social están exentas de IRPF, en virtud del articulo 7.h de la Ley del IRPF.

Se considera por tanto que, en general, las madres y padres que hayan tributado en su Renta por estas prestaciones, de 2014 a 2017, ambos incluidos, pueden solicitar la rectificación de la auto liquidación o auto liquidaciones y obtener la correspondiente devolución de ingresos indebidos y, asimismo, los intereses de demora.

Esta rectificación de la auto liquidación consiste en realizar una liquidación paralela detrayendo de la base imponible las prestaciones obtenidas por maternidad/paternidad en el año o años en cuestión.

Si deseas recuperar el IRPF de la maternidad/paternidad, desde ambas cooperativas te lo ponemos fácil. Contacta con nuestra área de gestión para más información o con Abogad@s en Red.

Descarga nuestra circular con más información sobre esta exención.

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