Requisitos y cómo se solicita

Como se venía anunciando, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el día 15 de abril, con carácter urgente, una ayuda excepcional de 300 euros para las personas trabajadoras por cuenta propia con el fin de cubrir los gastos a los que el colectivo sigue haciendo frente, como por ejemplo las cuotas de la Seguridad Social.

Requisitos

  • No haberse acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad que por Decreto Ley saco el Gobierno central el 29 de Marzo. Es decir, todo aquel trabajador autónomo que haya solicitado la prestación por desempleo por Cese de Actividad Forzosa o por disminución del 75 % de los ingreso, NO podrá acogerse a esta ayuda.
  • Ser trabajador por cuenta propia o autónomo con domicilio fiscal en Andalucía.
  • Estar afiliado al RETA por Cuenta Propia o Autónomos, o en la mutualidad correspondiente.
  • Tener unos ingresos anuales inferiores al triple del SMI, unos 39.900 euros.

Personas beneficiarias

  • Aquellos autónomos y mutualistas que trabajen en servicios esenciales y que han visto mermada su actividad. Un total de 99 tipos de profesiones.
  • Los socios y socias trabajadoras de cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por encuadrarse en el Régimen de Autónomos.

Cómo se solicita

  • Vía telemática a través de la web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (se habilitaría a partir del día siguiente de su publicación en el BOJA, probablemente 17 de abril).
  • Basta con rellenar un formulario que incluye una declaración de responsabilidad de cumplimiento de los requisitos exigidos para percibir la ayuda.
  • Algunos datos que tendrá que rellenar: el DNI-NIF; domicilio fiscal; empadronamiento en Andalucía; alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en su mutualidad alternativa; declaración del IRPF de 2018 y número de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la ayuda.
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