Los servicios jurídicos de Autonomía Sur han asesorado a la Confederación General del Trabajo en Huelva para conseguir una sentencia judicial favorable acerca de los servicios mínimos impuestos por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo durante una huelga en la empresa energética ENCE, declarando dicha sentencia emitida por la Audiencia Nacional que «no fueron ajustados a derecho» por no estar motivados según el «estándar mínimo exigible, ni ser respetuosos con el ejercicio del derecho a la huelga». La sentencia dictamina que «[…] No se identifican o distinguen las concretas necesidades de los diferentes días (de huelga); ni tan siquiera se establece una diferente apreciación entre el funcionamiento con o sin la huelga. Es más, el mantenimiento del servicio en los términos explicados, parece que en nada se ve afectado por la huelga convocada, lo que reduciría a la nada el ejercicio de este derecho laboral», concluyendo con que los parámetros impuestos por la empresa «no llegan al mínimo estándar exigido, ni es respetuoso con el ejercicio del derecho a la huelga». Según el juez que ha instruido el caso, «eran insuficientes los motivos expuestos en la Orden sobre estos servicios mínimos para justificar los servicios mínimos» por parte de la Administración y Red Eléctrica,

Desde Autonomía Sur, este paso se considera «fundamental» ante el «retroceso de derechos sociales y laborales que se están viviendo en los últimos años».

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