Estamos de vuelta con las diversas ventajas que tenemos al constituirnos como cooperativa de trabajo asociado. Una de las más importantes nos la encontramos en la constitución e inscripción de la entidad, recordando que las cooperativas son competencias de las Comunidades Autonómicas. En esencia todas las cooperativas de trabajo son iguales (Igualdad, libre adhesión…) pero están reguladas por cada comunidad autónoma, y por tanto, pueden diferir mucho las leyes de cooperativas entre territorios del Estado con diferencias sustanciales entre ellas.

La constitución de una cooperativa en Andalucía no es muy diferente a la constitución de una Sociedad Mercantil en cuanto las formas. Tenemos que reservar un nombre, solicitar un CIF provisional, depositar un capital social y constituir una cuenta bancaria, pero sí es muy diferente en cuanto a los costes. La constitución de una cooperativa en Andalucía no obliga a elevar a publico las escrituras, o lo que es lo mismo, no es necesario pasar por notaría para la constitución de la misma, y de igual modo no se tiene que registrar la entidad en el Registro Mercantil, y por tanto, pagar sus tasas correspondientes.

Entre los gastos notariales, tasas registrales y derivamos, podemos estar hablando de un ahorro en coste en torno a los 900 €.

A continuación indicamos los pasos necesarios que hay que realizar para la constitución de una Sociedad Cooperativa en Andalucía.

  1. Estatutos y Acta Fundacional

Antes de iniciar el proceso debemos realizar la Asamblea Constituyente. En este acto deberemos realizar el Acta de Constitución y elaboración de los Estatutos.

Existen varios modelos (de Acta Constitucional y de Estatutos) que facilita la administración que pueden servir de base.

Aspectos a tener en cuenta:

Órganos de gobierno

Se puede elegir entre Consejo Rector, Administración Solidaria o Administración Única.

  • El Consejo Rector debe estar formado por –como mínimo- tres personas.
  • La Administración Solidaria debe estar formada por dos personas.
  • La Administración única debe estar formada por una única persona.

Régimen de la Seguridad Social

En los estatutos debemos elegir el Régimen de la Seguridad Social al que queremos acogernos como personas trabajadoras.

Como hemos vistos en otros boletines, se puede elegir entre Régimen General o Régimen Autónomo.

Suele aparecer en el último artículo de los estatutos y es un punto muy importante, ya que una vez elegido este y comunicado a la Seguridad Social tendremos que mantenerlo durante 5 años.

  1. Denominación de la cooperativa

En primer lugar y una vez hayamos celebrado la Asamblea Constituyente deberemos consultar si el nombre que hemos elegido para la cooperativa está disponible o ya está siendo utilizado por otra cooperativa ya existente o pueda inducir a confusión.

Para ello, debe solicitarse un certificado de denominación no coincidente que debe incluir:

  • Los datos personales de la persona solicitante (domicilio, DNI., etc.).
  • El nombre que se solicita para la cooperativa (es recomendable solicitar varios nombres por si el primero ya existiese poder utilizar los demás).

La solicitud se realizará a través de la plataforma telemática, accediendo a esta con el certificado de firma digital.

(https://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/oficinavirtual/)

Plazo: Respuesta en 24 h (normalmente).

  1. Constitución de Cuenta Corriente Bancaria

Debemos acudir al banco con los siguientes documentos:

  • Estatutos originales firmados por todas las personas socias.
  • Acta fundacional original firmada por todas las personas socias.

Debemos realizar el ingreso de las aportaciones al Capital Social fijadas en los estatutos.

Hasta que no dispongamos del CIF definitivo, la Cuenta Corriente será “provisional” y no podremos hacer uso de ella.

  1. Solicitar el numero de Identificacion Fiscal (CIF)

En primer lugar solicitaremos el CIF Provisional y posteriormente y una vez finalizado el procedimiento de constitución, solicitaremos el CIF Definitivo.

Se solicita en las Delegaciones de la Agencia Estatal Tributaria a través del Modelo 036.

Plazo: Entre 3 y 7 días.

Documentos necesarios:

  1. Modelo 036 de solicitud de CIF Provisional.
  2. Copia de los estatutos y acta fundacional.
  3. Copia de los DNI´s de las personas del Órgano de Gobierno.
  4. Certificado de Denominación No Coincidente.

En el caso de que nadie de la cooperativa pueda ir a solicitar el CIF puede hacerlo otra persona con una representación.

  1. Modelo 600: Impuesto transmisiones patrimoniales y actos jurídicos

Una vez obtengamos el CIF provisional, tendremos la obligación de liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Las cooperativas tienen bonificación fiscal por lo que la liquidación del impuesto es cero. Está exenta del pago pero debe presentar el impuesto.

Para ello deberemos rellenar el Modelo 600 de autoliquidación. El modelo lo encontramos en la página web de la Junta de Andalucía.

(http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/apl/surweb/modelos/modelo600/600.jsp)

Además del modelo 600 la documentación que debemos adjuntar es la siguiente:

  • Documento de representación (si la persona que presenta el modelo no es socia de la cooperativa).
  • Original y copia del acta funcional y los estatutos firmados por las personas socias. (Nos quedaremos el original diligenciado y la administración se queda con la copia)
  • Fotocopia del CIF provisional.
  • Copia de los DNI´s de las personas socias.
  • Copia del certificado bancario.
  1. Inscripción de la Cooperativa

Una vez tengamos hecho todos los pasos anteriores con sus respectivos justificantes procederemos a la “Solicitud de Inscripción de la Cooperativa” en el registro correspondiente.

La solicitud se realizará telemáticamente y con certificado digital. Se deberá adjuntar a la solicitud en pdf los siguientes documentos:

  • Acta de la Asamblea Constituyente y Estatutos firmados.
  • Certificado de denominación no coincidente firmados.
  • Certificado bancario.
  • Tarjeta CIF Provisional.
  • Copia del Modelo 600 diligenciado.
  1. Solicitud CIF Definitivo y Cuenta Corriente Definitiva

Una vez esté inscrita la cooperativa en el registro de la Junta de Andalucía correspondiente, procedemos a rellenar el modelo 036 para solicitar en la Agencia Tributaria el CIF definitivo. Se puede hacer telemáticamente.

La Agencia Tributaria lo enviará por correo postal al domicilio social de la cooperativa.

Lo mismo ocurre con la cuenta bancaria, recordar que la tenemos provisional, en cuento tengamos los estatutos correctamente inscritos y diligenciados se los haremos llegar a nuestra entidad bancaria para que libere la cuenta bancaria de la Sociedad.

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