Aspectos notorios de la reciente Ley 5/2018, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de sociedades cooperativas andaluzas.

Hoy Lunes 2 de julio de 2018, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la nueva Ley 5/2018, de 19 de junio, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas. El texto normativo modifica diversos aspectos con respecto a la antigua Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, entre los cuáles podemos destacar las siguientes:

  • Las cooperativas de primer grado deberán estar integradas al menos, por dos personas socias comunes, y las de segundo grado por, al menos, dos cooperativas de primer grado.
  • El importe total de las aportaciones de cada socio o socia al capital social de las cooperativas de primer grado integradas por dos personas socias podrá llegar hasta el 65% independientemente de las cualidades de la persona socia en cuestión.
    Para el caso de cooperativas con más de dos personas socias, las aportaciones de cada socio o socia se mantendrán no pudiendo superar el 45%, tal y como fijaba la Ley 14/2011, de 23 de diciembre.
  • Se incluye la posibilidad de que sean personas socias de una sociedad cooperativa agraria, además de las ya incluidas en el artículo 104 de la antigua Ley de Cooperativas, las explotaciones agrarias de titularidad compartida, las cuales se encuentran reguladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las exploraciones agrarias.
  • Las sanciones por comisión de infracciones en materia cooperativa se fijan en las siguientes cuantías:
    • Las faltas leves, con multas de 300 a 600 euros.
    • Las faltas graves, con multas de 601 a 3000 euros.
    • Las faltas muy graves, con multa de 3001 a 30000 euros, o la descalificación de la cooperativa.

Durante el tiempo previo a esta aprobación y publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el titular de esta modificación en los medios de comunicación ha sido la posibilidad de constituir cooperativas únicamente con dos personas socias, a diferencia de lo que ocurría con la antigua Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de cooperativas andaluzas que exigía que al menos se constituyese la cooperativa con tres personas socias.

Accede a la Ley 5/2018 de modificación de la Ley de cooperativas en la web del BOJA.

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